Decreto576-1977·1977

Fijación de reducción del precio CIF para la importación de papas para el consumo

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19 de octubre de 1977

Fecha de publicación

27 de octubre de 1977

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Rebájase el precio CIF establecido para la importación de patatas (papas) para el consumo, incluidas en la Sección II, Capítulo 7, partida 07.01.01.99 de la Nomenclatura Arancelaria de Importaciones, el que queda fijado en U$S 0.08 (ocho centavos de dólar) el kilogramo.

Artículo 2Artículo 2

Dése cuenta al Consejo de Estado.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.