Decreto576-1981·1981

Modificación al PLAN de inversiones públicas de la Intendencia Municipal de Paysandú. Ejercicio 1981

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

18 de noviembre de 1981

Fecha de publicación

1 de diciembre de 1981

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Apruébase la Modificación Presupuestal para el Ejercicio 1981 propuesta por la Administración Municipal de Paysandú (Intendencia y Junta de Vecinos) cuyos montos quedan fijados en N$ 87:491.690,10 (nuevos pesos ochenta y siete millones cuatrocientos noventa y un mil seiscientos noventa con diez centésimos). Los mismos presentarán la siguiente composición: I) EGRESOS: (en miles de nuevos pesos) Vigente Proyectado Retribuciones Personales............. 21.597,5 25.693,3 Beneficios y Cargas Sociales......... 4.667,8 5.463,8 -------- -------- Subtotal........................ 26.265,3 31.157,1 Gastos de Funcionamiento............. 14.225,2 27.166,6 Inversiones.......................... 15.769,0 29.168,0 -------- -------- Total........................... 56.259,5 87.491,7 II) RECURSOS: (en miles de nuevos pesos) A - De Origen Departamental 1 - Impuestos Vigente Proyectado Remates y Transacciones.............. 11.850,3 16.250,0 Cont. Inmob. Rural................... 4.995,0 5.450,0 Cont. Inmob. Urbana.................. 3.600,0 4.000,0 Patente de Rodados................... 6.550,0 9.400,0 Emp. de Vehículos.................... 588,0 560,0 Sobre Act. Comercio.................. 1.531,0 674,0 Otros................................ 1.108,0 1.790,0 Recargos............................. 2.400,0 3.500,0 Cont. Inmob. Ejerc. Anteriores....... 2.500,0 4.500,0 Rentas Generales Recargos Ejercicios Anteriores........................... 1.239,3 2.500,0 2 - Tasas De Servicio Público.................. 3.150,0 5.850,0 De Alumbrado Público................. 650,0 1.000,0 De Servicio Administrativo........... 668,0 1.060,0 Sobre Higiene y Salud (comprende Tasa Bromatológica)....................... 1.530,0 1.580,0 Otros................................ 817,0 860,0 3 - Precios.......................... 2.331,4 4.232,0 4 - Contribución por Mejoras......... 2.050,0 2.500,0 5 - Multas decreto 8.409 artículo 71. 1.670,0 2.000,0 B - De Origen Nacional Subsidios............................ 199,0 199,0 Aporte Patronal D.G.S.S.............. 3.932,5 4.137,7 C - Endeudamiento Préstamo BROU........................ 1.000,0 800,0 Fondo BHU............................ 1.900,0 2.009,0 BHU Construc. Viv.................... ---- 12.232,0 MTOP Terminal Omnibuses.............. ---- 408,0 -------- -------- Total........................... 56.259,5 87.491,7

Artículo 2Artículo 2

En caso de no recaudarse la totalidad de los recursos previstos, deberán abatirse gastos a efectos de mantener el equilibrio presupuestal.

Artículo 3Artículo 3

La asistencia para el pago de aportes patronales a la Dirección General de la Seguridad Social, estará condicionada a una situación de insuficiencia financiera en los términos dispuestos en el artículo 50 de la ley 14.550 de 10 de agosto de 1976.

Artículo 4Artículo 4

Permanecen en vigencia todas las disposiciones presupuestales no mencionadas en la presente modificación.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, y vuelva a la Administración Municipal de Paysandú a sus efectos.