DecretoNº 579-1972·1972
Comercio exterior. Exportaciones. Lanas
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
17 de agosto de 1972
Fecha de publicación
24 de agosto de 1972
Texto
Sustitúyese la retención adicional a cargo del exportador para las lanas lavadas, peinadas y desperdicios de peinaduría, establecidas por el Decreto Nº 470/972 de 5 de julio de 1972.