DecretoNº 581-1972·1972
Desplume de nandues. Regulacion
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
17 de agosto de 1972
Fecha de publicación
28 de agosto de 1972
Texto
Autorízase por un período limitado y con las condiciones que se determinan el desplume de ñandúes. Fíjanse multas sin perjuicio de las demás responsabilidades previstas por las infracciones aduaneras por contrabando. Otórgase a quien denuncie prácticas ilegales un porcentaje de las multas y comisos.