DecretoNº 584-1965·1965
Bancos. Inutilización de timbres en documentos extendidos a su favor
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
16 de diciembre de 1965
Fecha de publicación
10 de enero de 1966
Texto
Establécese que la facultad conferida a los Bancos por el artículo 234 de la Ley Nº 12.804 de fecha 30 de noviembre de 1960, es de aplicación solamente a documentos extendidos a favor de los mismos.