Decreto584-1976·1976

Fijación de aforo de materias primas para el producto "sal de diazonio de aminas aromáticas"

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

3 de setiembre de 1976

Fecha de publicación

14 de setiembre de 1976

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase en N$ 21.800.00 (veintiún mil ochocientos nuevos pesos) los mil kilos brutos el aforo que corresponde al producto denominado "Sal de diazonio de aminas aromáticas" incluido en la Sección Materias Primas de la Tarifa de Aduanas en el Grupo "A", por resolución del Poder Ejecutivo de 11 de agosto de 1953.

Artículo 2Artículo 2

Establécese que el producto de referencia corresponde al Item genérico 29.28.00.00 de los Aranceles de Importación y Exportación de la Dirección Nacional de Aduanas.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.