Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase la importación de un automóvil nuevo o usado, de acuerdo a la ley 13.102 de 18 de octubre de 1962 y sus reglamentaciones a toda persona lisiada con puntaje de 9 a 4 inclusive, presentada a partir del 23 de julio de 1981 o que se presente hasta el 31 de diciembre de 1981 ante el Ministerio de Economía y Finanzas cumpliendo los requisitos exigidos por el decreto 342/981 de 22 de julio de 1981.