Decreto587-1979·1979

Prórroga de vigencia de prohibición de caza hasta la finalización del operativo de rescate de fauna, en zona de influencia de la represa de Salto Grande

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

10 de octubre de 1979

Fecha de publicación

27 de noviembre de 1979

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Prorrógase la vigencia de la prohibición de caza establecida en el artículo 4º del decreto 314/978, fecha 2 de junio de 1978, hasta la finalización del Operativo de Rescate de Fauna, en la zona de influencia de la Represa de Salto Grande. (*)

Artículo 2Artículo 2

La zona de influencia mencionada en el artículo 1º del presente decreto estará comprendida entre el río Uruguay (límite internacional) y la Ruta 3 "General José Artigas" (nuevo trazado), desde la presa Ayuí hasta el extremo norte del vaso de la Represa de Salto Grande.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.