Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase el Plan de Inversiones de la Industria Lobera y Pesquera del Estado para 1984 a nivel de proyectos, con la apertura prográmatica que se detalla en el anexo<IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0> que forma parte de este decreto.