Decreto588-1984·1984

Aprobación del PLAN de inversiones públicas de la Industria Lobera y pesquera del Estado. Ejercicio 1984

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

27 de diciembre de 1984

Fecha de publicación

3 de mayo de 1985

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Apruébase el Plan de Inversiones de la Industria Lobera y Pesquera del Estado para 1984 a nivel de proyectos, con la apertura prográmatica que se detalla en el anexo<IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0> que forma parte de este decreto.

Artículo 2Artículo 2

La Industria Lobera y Pesquera del Estado podrá ejecutar en 1984 hasta un monto máximo de N$ 13:075,000.00 (nuevos pesos trece millones setenta y cinco mil) Financiados con recursos propios.

Artículo 3Artículo 3

Las inversiones que se aprueban por este decreto se regirán por las normas y definiciones establecidas por el decreto 84/984 de lo de marzo de 1984.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc