DecretoNº 59-1969·1969
Comercio. Carne. Temporada turistica
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
30 de enero de 1969
Fecha de publicación
5 de febrero de 1969
Texto
Exímese a las plazas balnearias de Punta del Este y Montevideo, de la obligación impuesta de faenar hembras bovinas mientras dure la temporada turística, permitiendo la faena de novillos.