Decreto59-1982·1982

Modificación a la reglamentación para el curso de pasaje de grado para Sargentos primeros de bandas militares

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

16 de febrero de 1982

Fecha de publicación

8 de marzo de 1982

Artículos (1)

Artículo 1

Artículo 1.- Modifícase la Reglamentación para el Curso de Pasaje de Grado para Sargentos 1ros. de Bandas Militares aprobado por el decreto 650/969, del 23 de diciembre de 1969, la que quedará redactada de la siguiente manera: I. Dependencia y Funcionamiento. Artículo 1º El Curso de Pasaje de Grado para Sargentos Primeros (BM) tendrá una duración de un año lectivo. Art. 2º El Curso tendrá carácter voluntario y las condiciones exigidas para su realización serán las siguientes: a) Computar la antigüedad mínima de 2 años en el grado; b) Estar Calificado Muy Bueno en cada uno de los años del grado; c) Rendir un examen de ingreso que abarque pruebas de Capacidad Técnica y Aptitud Física; d) Estar calificado con nota mínimo de Bueno en Capacidad Técnica en cada uno de los años del grado; e) Tener aprobado el primer año de Bachillerato Diversificado de Enseñanza Secundaria Básica y Superior. Art. 3º El examen de ingreso dispuesto en el artículo anterior se recibirá por las siguientes precisiones: 1) Prueba Técnica. a) Armonía Consonante y Natural, Bajo y Canto dado, mínimo ocho compases; b) Instrumentación de dieciséis compases de una obra para Banda Categoría "C"; c) Solfeo en las siete Claves; d) Ejecución de Piano (Prueba Técnica). 2) Examen de Aptitud Física. Test de Cooper. 3) Calificación de las Pruebas. a) La Nota Mínima de aprobación del Examen de ingreso deberá ser superior a 7.00. Si de las 4 pruebas dispuestas en 1) del presente artículo, existieran dos con nota menor de seis se dará por eliminado; b) Las Pruebas de Educación Física no serán eliminatorias y pasarán a integrar la primera nota del año en la materia. II) Organización y Plan de Estudios. Artículo 4º El Plan de Estudios comprenderá las siguientes materias: 1) Materias Técnicas. a) Armonía; b) Instrumentación; c) Dirección de Bandas y Coros; d) Solfeo; e) Educación Musical (Apreciación); f) Empleo de Servicio de Bandas Militares. 2) Materias Profesionales Militares. a) Instrucción Táctica y Técnica; b) Historia Militar; c) Tiro y Armamento; d) Pedagogía Militar; e) Etica y Moral Militar. 3) Educación Física. Art. 5º Los Alumnos deberán ser calificados por lo menos dos veces en el mes en cada Materia. Art. 6º Finalizadas las clases los alumnos rendirán un examen en cada Materia. La Nota Final de la Material resultará de promediar la Nota del Examen con la Nota Anual. Art. 7º La Nota de aprobación será superior a siete en cada materia. Los alumnos que no aprueben en el período normal de exámenes, podrán rendir nuevamente a los treinta días. De ser reprobado en esta instancia, deberá rendir el Curso. Los Sargentos 1ros. que no aprueben el Curso, solo podrán repetir una vez. Art. 8º La Nota Final del Curso resultará de promediar las Notas Finales por Materia con la Nota del Examen de ingreso, la que determinará el orden de precedencia a que hace referencia el artículo 2º de las Condiciones de Ascenso al grado de Alférez de Banda Militar".