Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase a la Intendencia Municipal de Cerro Largo a modificar la base de imposición del Impuesto de Contribución Inmobiliaria Rural para el ejercicio 1980, según lo dispuesto en el artículo 3º del presente decreto.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
12 de noviembre de 1980
Fecha de publicación
21 de noviembre de 1980
Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase a la Intendencia Municipal de Cerro Largo a modificar la base de imposición del Impuesto de Contribución Inmobiliaria Rural para el ejercicio 1980, según lo dispuesto en el artículo 3º del presente decreto.
Artículo 2 — Artículo 2
El mayor producido será destinado a hacer frente a los incrementos salariales, los aumentos de precios de adquisiciones corrientes, para la realización de obras y para la adquisición de maquinaria.
Artículo 3 — Artículo 3
Establécese que para el cálculo de la Contribución Inmobiliaria Rural para el ejercicio 1980, se aplicará el decreto 245/980, de 30 de abril de 1980.
Artículo 4 — Artículo 4
Comuníquese, publíquese y pase a la Intendencia Municipal de Cerro Largo a sus efectos.