Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 1976, la vigencia de la tarifa N.o 1.202 de flete de carga aérea para la exportación de artículos de cuero desde Montevideo a Bremen, Dusseldorf, Hamburgo, Hannover, Nuremberg, Munich y Stuttgart, establecida por decreto 160/976.