Decreto593-1980·1980

Modificación presupuestal de la Intendencia Municipal de Paysandú. Ejercicio 1980

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

12 de noviembre de 1980

Fecha de publicación

24 de noviembre de 1980

Artículos (6)

Artículo 1Artículo 1

Apruébase la modificación presupuestal para el ejercicio 1980 propuesta por la Intendencia Municipal de Paysandú (Intendencia Municipal y Junta de Vecinos) cuyos montos quedan fijados en N$ 56:259.560.91 (cincuenta y seis millones doscientos cincuenta y nueve mil quinientos sesenta nuevos pesos con 91/100). Los mismos presentarán la siguiente composición: I) Egresos (en miles de nuevos pesos) Vigente Proyectado - - Retrib. Personales ........................ 13.550,4 21.597,5 Benef. y Cargas Soc. ...................... 3.241,3 4.667,8 --------- ---------- 16.791,7 26.265,3 Gastos de Funcionam. ...................... 4.523,3 14.225,2 Inversiones ............................... 9.649,7 15.769,0 --------- ---------- Total ................................ 30.964,7 56.269,5 --------- ---------- II) Recursos (en miles de nuevos pesos) A) De origen departamental 1 Impuestos: Vigente Proyectado - - Remates ........................ 7.000,0 11.850,3 Cont. Inmob. Rural ............. 3.234,0 4.995,0 Cont. Inmob. Urbana ............ 2.130,0 3.600,0 Patente de Rodados ............. 2.700,0 6.550,0 Emp. de Vehículos .............. 217,5 588,0 S/act. Comerc. ................. 1.046,5 1.551,0 Otros .......................... 2.766,0 4.847,3 Recargos ....................... 1.200,0 2.400,0 2 Tasas: De Servicio Público ............ 2.320,0 3.150,0 De Alumbrado Público ........... 500,0 650,0 De Serv. Administrativo ........ 684,0 668,0 S/Higiene y Salud .............. 932,0 1.530,0 Otros .......................... 639,5 1.467,0 3 Precios ........................ 1.287,4 1.661,4 4 Cont. por Mejoras .............. 150,0 2.050,0 5 Multas Dto. 8.409 art. 7 ....... 717,5 1.670,0 B) De origen nacional Subsidios ........................... 199,0 199,0 Aporte Patronal DGSS ................ 2.241,3 3.932,5 C) Endeudamiento Préstamo B.R.O.U. ................... 1.000,0 1.000,0 Fondo B.H.U. ........................ 1.900,0 --------- --------- Total ............................... 30.964,7 56.259,5

Artículo 2Artículo 2

En caso de no recaudarse los recursos previstos deberán abatirse gastos en forma proporcionada a efectos de mantener el equilibrio presupuestal.

Artículo 3Artículo 3

La asistencia para el pago de aportes patronales a la Dirección General de la Seguridad Social, estará condicionada a una situación de insuficiencia financiera en los términos dispuestos por el artículo 50 de la ley 14.550 de 10 de agosto de 1976.

Artículo 4Artículo 4

La modificación de los montos imponibles de la Contribución Inmobiliaria Urbana y Suburbana para el ejercicio 1980, debe tramitarse teniendo en cuenta lo dispuesto por el decreto 245/980 y el artículo 5º literal c) del Decreto Constitucional 3/976.

Artículo 5Artículo 5

Se mantienen en vigencia todas las disposiciones presupuestales no mencionadas expresamente en la presente modificación.

Artículo 6Artículo 6

Comuníquese, publíquese y pase a la Intendencia Municipal de Paysandú, a sus efectos.