Artículo 1 — Artículo 1
Fíjase en N$ 3.50 (tres nuevos pesos con cincuenta centésimos) el kilo bruto, el aforo que corresponde al producto denominado "Acido paratoluen sulfónico", destinado a la fabricación de resinas fenólicas tipo novalacas, incluido en la Sección Materias Primas de la Tarifa de Aduanas en el Grupo "B", por decreto 313/970 de 2 de julio de 1970.