Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase a la Administración de Ferrocarriles del Estado a adquirir, al amparo del artículo 29, apartado 3º, inciso c) del decreto Nº 104/968 de 6 de febrero de 1968, a las firmas Societé Generale de Constructions Electriques et Mecaniques Alsthom y Societé Alsacienne de Constructions Mecaniques de Francia, por intermedio de su representante Muracciole Ltda., un lote de repuestos para locomotoras Alsthom (partes eléctricas y mecánicas) por hasta un total de U$S 850.000 (ochocientos cincuenta mil dólares) CIF Montevideo en las siguientes condiciones: a) forma de pago: 5% al contado; 10 por ciento crédito irrevocable a 60 días, 85% en 10 cuotas semestrales; b) interés 8% anual pagadero semestralmente.