Decreto599-1977·1977

Fijación de tarifas de peaje en el puente general Artigas. Noviembre 1977

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

26 de octubre de 1977

Fecha de publicación

8 de noviembre de 1977

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Apruébanse las siguientes tarifas de peaje, a aplicarse -a partir del 1.o de noviembre de 1977- en el Puente Internacional "General Artigas": Autos y Camionetas: Moneda argentina, $ 900.00; Moneda uruguaya, N$ 10.00. Motociclistas: Moneda argentina, $ 180.00; Moneda uruguaya, N$ 2.00. Casas rodantes y rodados a remolque: Moneda argentina, $ 900.00; Moneda uruguaya, N$ 10.00. Omnibus locales: Moneda argentina, $ 1.800.00; Moneda uruguaya, N$ 20.00. Omnibus larga distancia. Moneda argentina, $ 3.600; Moneda uruguaya, N$ 40.00. Camiones de 2 ejes: Moneda argentina, $ 1.800.00; Moneda uruguaya, N$ 20.00. Camiones de 3 ejes: Moneda argentina, $ 3.600.00; Moneda uruguaya, N$ 40.00. Camiones de 4 ejes: Moneda argentina, $ 5.400.00; Moneda uruguaya, N$ 60.00. Camiones de 5 ejes: Moneda argentina, $ 7.200.00; Moneda uruguaya, N$ 80.00. Camiones de más de 5 ejes: Moneda argentina pesos 7.200.00 más 1.800.00 por cada eje en exceso; Moneda uruguaya, N$ 80.00 más N$ 20.00 por cada eje en exceso.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc.