Decreto599-1981·1981

Cese automático de funcionarios diplomaticos

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

4 de diciembre de 1981

Fecha de publicación

16 de diciembre de 1981

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Los Embajadores y Ministros del Servicio Exterior designados en cargos de confianza, cesarán automáticamente al término de la misión encomendada.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc.