Decreto600-1975·1975

Ciencia y tecnologia. Instituto Geológico Ingeniero Eduardo Terra Arocena. Partidas presupuestales

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

31 de julio de 1975

Fecha de publicación

8 de agosto de 1975

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

El Ministerio de Industria y Energía librará a favor del Instituto Geológico "Ing. Eduardo Terra Arocena" una orden de entrega de fondos por nuevos pesos 180.000 (ciento ochenta mil nuevos pesos) con cargo a los fondos a que hace referencia el artículo 59 de la ley 14.189 de 30 de abril de 1974.

Artículo 2Artículo 2

Los fondos mencionados serán destinados para financiar el costo de las investigaciones, prospecciones y preparación de proyectos de factibilidad de explotación de los materiales radioactivos existentes en el territorio de la República y su utilización deberá ser objeto de rendición de cuenta al Ministerio de Industria y Energía.

Artículo 3Artículo 3

Dichos fondos serán depositados en una cuenta corriente del Banco de la República Oriental del Uruguay denominada "Ministerio de Industria y Energía, prospección de Uranio", la que será operada por el Director del Instituto Geológico "Ing. Eduardo Terra Arocena" y el Director del Departamento Financiero Contable del referido Ministerio de Industria y Energía, en forma conjunta.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.