La prestación de servicios que cumplan las Plantas de Silos pertenecientes al Sector Granos del Ministerio de Agricultura y Pesco, estará sujeta al pago de las siguientes tarifas:
I) Planta de Silos de Fray Bentos
A) Para sorgo, soja, pellets y similares:
1) Carga de silos y carga de barcos: N$ 14.00 la tonelada;
2) Descarga de barcos, carga de silos y entrega aa camión o ferrocarril: N$ 14.00 la tonelada;
3) Almacenaje, conservación y seguro: N$ 16.34 por tonelada y por mes o fracción.
B) Para trigo y similares:
1) Carga de silos y carga a barcos: N$ 9.83 la tonelada;
2) Descarga de barcos, carga de silos y entrega a camión o ferrocarril: N$ 9.83, la tonelada:
3) Almacenaje, conservación y seguro: N$ 13.50 por tonelada y por mes o fracción.
II) Planta de Silo de Paysandú
Regirán las tarifas anteriores, con excepción de la correspondiente a la descarga de barcos por carecer la misma de los elementos necesarios a tal fin.
III) Planta de Silos de Nueva Palmira y Dolores
1) Entrada y salida incluido pesaje: N$ 7.84, la tonelada;
2) Almacenaje, conservación y seguro: N$ 10.42, por tonelada y por mes o fracción.
Autorízase al Sector Granos del Ministerio de Agricultura y Pesca, para habilitar sus Plantas de Silos fuera del régimen normal de labor, cuando las exigencias del operativo así lo requieran.
Autorízase al Ministerio de Agricultura y Pesca, a través del Sector Granos, al ajuste automático de las tarifas fijadas, en razón de las incidencias que se produzcan en los componentes del costo operativo, de acuerdo a los siguientes porcentajes que integran el mismo:
I) Plantas de Silos de Fray Bentos y Paysandú
A) Para sorgo, soja, pellets y similares:
1) Carga de silos y carga de barcos: 29.89 % de mano de obra (N$ 14.00),
70.11 % energía eléctrica;
2) Descarga de barcos, carga de silos y entrega a camión o ferrocarril:
29.89 mano de obra (nuevos pesos 14.00), 70.11 % energía eléctrica;
3) Almacenaje, conservación y seguros: 25.62 % mano de obra (N$ 13.50),
54,63 % energía eléctrica, 19.75 % conservación.
B) Para trigo y similares:
1) Carga de silos y carga de barcos: 30.36 % mano de obra (N$ 9.83),
69.64 % energía eléctrica;
2) Descarga de barcos, carga de silos y entrega a camión o ferrocarril:
30.36 % mano de obra (N$ 9.83), 69.64 % energía eléctrica;
3) Almacenaje, conservación y seguro: 25.62 % mano de obra (N$ 13.50),
54,63 energía eléctrica; 19.75 conservación.
II) Plantas de Silos de Nueva Palmira y Dolores
1) Entrada y salida incluido pesaje: 55,94 % coberturas (N$ 7.84), 14.28
% jornales, //información ilegible en el original// % energía
eléctrica;
2) Alamacenaje, conservación y seguro: 42.10 % coberturas (N$ 10.42),
26.03 % % jornales, 0.91 % energía eléctrica, 30.96 % conservación y
seguro.
Lo establecido en el artículo anterior se mantendrá vigente hasta tanto no se modifiquen los actuales sistemas operativos de las Plantas de Silos referidas, lo cual será oportunamente informado por el Sector Granos para su inmediata modificación.
Derógase el decreto 524/977, de fecha 14 de setiembre de 1977.
El presente decreto entrará en vigencia una vez publicado en dos diarios de la Capital.
Comuníquese, etc.-