DecretoNº 603-1965·1965
Importaciones. Anulación de denuncias
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
23 de diciembre de 1965
Fecha de publicación
10 de enero de 1966
Texto
Fíjase un plazo improrrogable para proceder a la anulación de los recargos establecidos por el artículo 2 del Decreto de fecha 14 de julio de 1960 de las denuncias de importación que se encontraren vigentes al 18 de octubre de 1965.