Decreto607-1980·1980

Modificación presupuestal de la Intendencia Municipal de Flores. Ejercicio 1980

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19 de noviembre de 1980

Fecha de publicación

16 de diciembre de 1980

Artículos (7)

Artículo 1Artículo 1

Apruébase la modificación presupuestal propuesta por la Intendencia Municipal de Flores correspondiente al ejercicio 1980 cuyos montos quedan fijados en N$ 31.681.500.00 (treinta y un millones seiscientos ochenta y un mil quinientos nuevos pesos). Los mismos presentarán la siguiente composición: (*)

Artículo 2Artículo 2

En caso de no recaudarse la totalidad de los recursos previstos deberán abatirse gastos en forma proporcionada a efectos de mantener el equilibrio presupuestal.

Artículo 3Artículo 3

La asistencia para el pago del aporte patronal a la Dirección General de la Seguridad Social estará condicionada a una situación de insuficiencia financiera en los términos dispuestos por el artículo 50 de la ley 14.550 de 10 de agosto de 1976.

Artículo 4Artículo 4

En caso de préstamo concertado con el Banco de la República Oriental del Uruguay debe darse cumplimiento a lo establecido en el artículo 301 de la Constitución.

Artículo 5Artículo 5

De acuerdo a lo dispuesto por el inciso e) del artículo 5º del Decreto Constitucional 3/976 de 1º de setiembre de 1976 rigen para el personal municipal las mismas normas sobre incompatibilidades, compensaciones, contrataciones y acumulaciones de sueldos vigentes en lo nacional.

Artículo 6Artículo 6

Permanecen en vigencia todas las disposiciones presupuestales no mencionadas en la presente modificación.

Artículo 7Artículo 7

Comuníquese, publíquese y vuelva a la Intendencia Municipal de Flores a sus efectos.