Decreto608-1977·1977

Ampliación del reglamento de uniformes para Oficiales de la Armada

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

31 de octubre de 1977

Fecha de publicación

10 de noviembre de 1977

Artículos (1)

Artículo 1

Artículo 1.- Amplíase el decreto 24.430 de fecha 1º de agosto de 1961 (Reglamento de Uniformes para Oficiales de la Armada), con los artículos 76 B, 76 C, 76 E y 76 F en el Capítulo V, Distintivos - Descripción y Usos, y en los que corresponda a los del Reglamento de Uniformes del Cuerpo de Equipaje de la Armada, instituyéndose los distintivos que se establecen a continuación: "ARTICULO 76º B -Distintivos por años de antigüedad. 1. Descripción: Barra de 0.03 metros de largo por 0.01 metro de ancho, con colores esmaltados sin borde, en azul-celeste, blanco y amarillo dorado, colocándose según corresponda, de izquierda a derecha, siguiendo el orden enunciado anteriormente y con estrellas doradas en relieve. 2. Uso: Sobre el lado izquierdo del pecho y en la forma dispuesta para las cintas en las figuras 25 B y 26 B y en los uniformes Nº 1 al 9 inclusive y números 11 y 12. 3. Discriminación: El Personal de la Armada Nacional usará los distintivos de Antigüedad de acuerdo a la siguiente discriminación: a) Los que hayan computado 10 años de servicios efectivos, distintivo en azul-celeste. Figura 27 B (a); b) Los que hayan computado 20 años de servicios efectivos, distintivo en azul-celeste. Figura 27 B (b); c) Los que hayan computado 30 años de servicios efectivos, distintivo en azul-celeste, blanco y amarillo dorado. Figura 27 B (c); d) Los que hayan computado 35 años de servicios efectivos, distintivo en azul-celeste, blanco y amarillo dorado con una estrella dorada en relieve en el centro. Figura 27 B (d); e) Los que hayan computado 40 años de servicios efectivos, distintivo en azul-celeste, blanco y amarillo dorado con dos estrellas doradas en relieve. Figura 27 B (e); f) Los que hayan computado 45 años de servicios efectivos, distintivo en azul-celeste, blanco y amarillo dorado con tres estrellas en relieve. Figura 27 B (f). ARTICULO 76º C - Distintivos de Grandes Comandos y sus Unidades y Reparticiones. 1. Descripción: a) Personal Superior y Suboficiales.- Barra de metal de 0.04 metros de largo y 0.01 metro de ancho con colores esmaltados sin borde con los colores azul - celeste, blanco y rojo y símbolos dorados y en relieve y dispuestos según se establece en cada caso. Figura 27 B; b) Clases y Alistados.- Distintivo en tela de fondo negro con letras amarillo - oro para uniforme de invierno y fondo blanco con letras rojas para uniforme de verano. Llevará inscrito el Título del Comando a que pertenece y los símbolos que corresponda en cada caso. Figura 28 B. 2. Uso: a) Personal Superior y Suboficiales.- Sobre el lado izquierdo del pecho y en la forma dispuesta para las cintas en las figuras 25 B y 26 B del Reglamento de Uniformes para Oficiales de la Armada, mientras presten servicios en el destino simbolizado por el distintivo y en los uniformes Nº 1 al 9 inclusive y Nº 11 y 12; b) Clases y Alistados.- Sobre la manga izquierda y en la unión de ésta con el hombro, mientras presten servicios en el Comando especificado y en los uniformes de paseo y capote. Figura 28 B. 3. Discriminación por Comandos. a) Comando General de la Armada: 1) Personal Superior y Suboficiales en el Estado Mayor Personal y Estado Mayor Naval del Comando General de la Armada: Distintivo en fondos blanco con dos franjas azul - celeste horizontales. Llevará en su centro un ancla dorada coronada por un sol naciente y una estrella a cada lado equidistante del ancla central. Figura 27 B (g); 2) Personal Superior y Suboficiales con destino en el Comando General y comisiones dependientes, Ministerio de Defensa Nacional y Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas; Distintivo en fondo blanco con dos franjas azul - celeste horizontales. Llevará en su centro un ancla dorada coronada por un sol naciente. Figura 27 B (h); 3) Clases y Alistados. La inscripción "Cuartel General". Figura 28 B (a). b) Fuerza de Mar: 1) Comandante de la Fuerza de Mar, Personal Superior y Suboficiales en el Estado Mayor de la Fuerza de Mar: Distintivo en fondo blanco con dos franjas azul - celeste horizontales y una franja roja central. Llevará en su centro un ancla dorada coronada por un sol naciente y una estrella a cada lado equidistante del ancla central. Figura 27 B (i); 2) Personal Superior y Suboficiales en la Fuerza de Mar. Distintivo en fondo blanco con dos franjas en azul - celeste horizontales y una franja roja central. Llevará en su centro, un ancla dorada coronada por un sol naciente. Figura 27 B (j); 3) Clases y Alistados. La inscripción "Fuerza de Mar" y en cada extremo un ancla. Figura 28 B (b). c) Cuerpo de Fusileros Navales.- Par el Cuerpo de Fusileros Navales, en la inscripción correspondiente (FUSNA), se pondrá a cada lado el distintivo del Cuerpo. Figura 28 B (c); d) Aviación Naval.- Los Clases y Alistados usarán la inscripción "Aviación Naval" y en cada extremo las alas según Figura 28 B (d); e) Estado Mayor de la Fuerza de Mar.- Los Clases y Alistados usarán la inscripción "Fuerza de Mar" con estrellas a ambos lados. Figura 28 B (e); f) Fuerza de Seguridad Marítima.- Dicha fuerza, usará la inscripción correspondiente con un fusil a ambos lados. Figura 28 B (f); g) Enseñanza Naval: 1) Personal Superior y Suboficiales en la Inspección de Escuelas y Cursos: Distintivo en fondo azul - celeste con dos franjas verticales rojas y un sol naciente en el centro. Llevará una estrella dorada a cada lado y equidistante del centro. Figura 27 B (k); 2) Personal Superior y Suboficiales en Unidades subordinadas a la Inspección de Escuelas y Cursos: Distintivo en fondo azul - celeste con dos franjas verticales rojas y un sol naciente en el centro. Figura 27 B (l); 3) Clases y Alistados. La inscripción "Enseñanza Naval". Figura 28 B (g). h) Servicios: 1) Personal Superior y Suboficiales en la Dirección General de los Servicios: Distintivo en fondo azul - celeste con dos franjas blancas verticales y una llave y una pluma doradas y cruzadas en su centro. Llevará una estrella dorada a cada lado y equidistante del centro. Figura 27 B (m); 2) Personal Superior y Suboficiales en los servicios de la Armada: Distintivo en fondo azul - celeste con dos franjas blancas verticales y una llave y una pluma dorada y cruzadas en su centro. Figura 27 B (n); 3) Clases y Alistados. La inscripción "Servicios". Figura 28 B (h). i) Prefectura Nacional Naval: 1) Personal Superior y Suboficiales en la Prefectura Nacional Naval: Distintivo en fondo blanco con una franja azul - celeste horizontal y una franja azul - celeste vertical en forma de cruz, con un timón dorado en su punto medio. Llevará una estrella dorada a cada lado y equidistante del centro. Figura 27 B (o); 2) Personal Superior y Suboficiales en reparticiones subordinadas a la Prefectura Nacional Naval: Distintivo en fondo blanco con una franja en azul - celeste horizontal y una franja en azul - celeste vertical en forma de cruz, con un timón dorado en su punto medio. Figura 27 B (p); 3) Clases y Alistados. La inscripción con el título de la repartición a que pertenecen. ARTICULO 76º D. Distintivo de Comandante.- El Personal Superior de la Armada en funciones de Comandante lo usará en el lado derecho a la altura de lo establecido para las cintas y en los uniformes Nº 1 al 9 inclusive y Nº 11 y 12. 1. Descripción: Placa dorada en forma de estrella de 8 picos de 25 milímetros de diámetro circunscrito, con un campo central de fondo rojo y con un ancla dorada en su centro. Figura 27 B (q). ARTICULO 76º E. Distintivo de Eficiencia. Anualmente el Comandante en Jefe de la Armada, otorgará el Distintivo de Eficiencia a buques, aeronaves y unidades que hayan evidenciado la más alta capacidad operativa. 1. Descripción: El Distintivo de Eficiencia consistirá en una placa circular de 23 milímetros de diámetro en fondo blanco, con una letra "E" en esmalte azul - celeste en su centro. Figura 27 B (r); 2. Uso: a) El Distintivo de Eficiencia será usado por el Personal que integra la dotación en el momento de recibir ésta la distinción y lo conservará mientras la Unidad lo ostente y siga perteneciendo a su dotación; b) Personal Superior y Suboficiales.- Se llevará colocado en el lado derecho del pecho y a la altura de lo establecido para las cintas en las Figuras 25 B y 26 B y en los Uniformes Nº 1 al 9 inclusive y Nº 11 y 12; c) Clases y Alistados.- Se llevará colocado sobre el pecho en el costado derecho y en los uniformes de Paseo. ARTICULO 76º F. Disposiciones generales a los Distintivos: a) El Comandante en Jefe de la Armada, cuando considere que existen méritos suficientes, propondrá al Poder Ejecutivo, la adjudicación permanente de los Distintivos tanto a Personal de la Armada como personalidades ajenas a la misma. Se exceptúa de esta disposición, los Distintivos de Comandante, Eficiencia y Antigüedad; b) Los Distintivos de grandes Comandos y sus Unidades y Reparticiones, se otorgarán en forma permanente cuando el Personal preste Servicios tres años como mínimo en forma ininterrumpida o 7 años en forma interrumpida". Láminas Nº 27 B y 28 B (*) (*) No fueron publicadas adjuntas a la presente norma en el Diario Oficial correspondiente.-