Decreto61-1976·1976

Fijación del mínimo no imponible

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

29 de enero de 1976

Fecha de publicación

5 de febrero de 1976

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase en N$ 50.000.00 (cincuenta mil nuevos pesos) el mínimo no imponible del Impuesto al Patrimonio para el Ejercicio 1975, para las personas físicas y sucesiones indivisas. Para el núcleo familiar se duplicará el importe mencionado en el inciso anterior.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.