Decreto613-1977·1977

Fijación de UR, Cra. Octubre 1977. Noviembre 1977

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

1 de noviembre de 1977

Fecha de publicación

7 de noviembre de 1977

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor de la Unidad Reajustable correspondiente al mes de octubre de 1977, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por la ley 14.219, de 4 de julio de 1974 y modificativas, en N$ 26.30 (veintiséis nuevos pesos con 30/100).

Artículo 2Artículo 2

De acuerdo al valor precedentemente establecido y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 15º de la ley 14.219 citada, la determinación de los alquileres que se actualizan en el mes de noviembre de 1977, se efectuará multiplicando el último alquiler con el Indice 1.4309.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.