DecretoNº 618-1974·1974
Prórroga del plazo para la comercialización de cueros bovinos frescos derivados de las faenas de los frigoríficos exportadores y mataderos habilitados
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
1 de agosto de 1974
Fecha de publicación
9 de agosto de 1974
Texto
Prorróganse hasta el 31 de agosto de 1974 las condiciones establecidas por Decreto N° 949/973, para la comercialización de los cueros bovinos frescos resultantes de las faenas de los frigoríficos exportadores y mataderos industriales habilitados.