Decreto62-1975·1975

Creación de grupo de trabajo para la reglamentación del Código Aeronáutico

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

21 de enero de 1975

Fecha de publicación

27 de enero de 1975

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Institúyese un Grupo de Trabajo, integrado por representantes del Comando General de la Fuerza Aérea, la Dirección General de Aviación Civil del Uruguay y la Dirección General de Aeropuertos Nacionales, con el cometido específico de estudiar y formular, dentro del plazo de 120 días de su constitución, la Reglamentación del Código Aeronáutico. (*)

Artículo 2Artículo 2

A los fines dispuestos por el artículo 1º del presente decreto, los órganos en él referidos, quedan facultados para requerir directamente la información y los asesoramientos que estimen necesarios a los distintos organismos involucrados.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese y archívese.