Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase a la Intendencia Municipal de Flores a proceder a la actualización del valor real de los inmuebles urbanos y suburbanos situados en ese departamento, a los efectos de la liquidación de la Contribución Inmobiliaria Urbana y Suburbana y de la Tasa de Alumbrado Público y Salubridad, conforme a lo dispuesto por el artículo 2º del decreto 277/978 de 23 de mayo de 1978 (índice 1.4).