Decreto630-1977·1977

Aprobación de tarifas productos residuarios COKE, carbonilla y escoria. Mayo 1977

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

9 de noviembre de 1977

Fecha de publicación

18 de noviembre de 1977

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Apruébase un incremento del orden del 17,22% vigente al 1.o de mayo de 1977, para los productos residuarios, (coke, carbonilla y escoria) que expende la Comisión Interventora de la Compañía del Gas y Dique Seco de Montevideo Limitada, de acuerdo al siguiente detalle: Coke: N$ 900.00 la tonelada. Carbonilla: N$ 180.00 la tonelada. Escoria: N$ 64.50 la tonelada.

Artículo 2Artículo 2

Los precios de los referidos productos residuales, no incluyen el Impuesto al Valor Agregado.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese y publíquese.