DecretoNº 632-1972·1972
Comercio. Algodón. Precios
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
21 de setiembre de 1972
Fecha de publicación
28 de setiembre de 1972
Texto
Fíjase el precio contado que recibirá el agricultor por cada kilo de algodón en bruto, seco y limpio y la compensación por cada kilo de fibra de algodón producido en el país para el año 1973. Determínase la prima que recaudará el Banco de la República Oriental del Uruguay sobre el valor CIF por cada kilo de algodón importado cualquiera sea su procedencia, a efectos de destinarla a la cuenta Fomento del Cultivo del Algodón.