Decreto633-1975·1975

Tarifa de Aduanas. Materias primas. Fijación del aforo de acido clorosulfonico

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

14 de agosto de 1975

Fecha de publicación

21 de agosto de 1975

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase en N$ 1.37 (un nuevo peso con treinta y siete centésimos) el kilo bruto, el aforo que corresponde al producto denominado "Acido clorosulfónico" incluido en la Sección Materias Primas de la Tarifa de Aduanas, en el Grupo "B" por decreto 605/973 de 26 de julio de 1973.

Artículo 2Artículo 2

Establécese que el producto de referencia, corresponde al Item 28.06.02.00 de los nuevos Aranceles de Importación y Exportación de la Dirección Nacional de Aduanas.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.