Artículo 1 — Artículo 1
Decláranse vigentes a partir del 26 de noviembre de 1981 las Enmiendas 22 y 23 a las Normas Internacionales - Reglamento del Aire - Anexo 2 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional. (*)
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
22 de diciembre de 1981
Fecha de publicación
3 de febrero de 1982
Artículo 1 — Artículo 1
Decláranse vigentes a partir del 26 de noviembre de 1981 las Enmiendas 22 y 23 a las Normas Internacionales - Reglamento del Aire - Anexo 2 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional. (*)
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Fuerza Aérea para su conocimiento y para que disponga las comunicaciones del caso.