Decreto635-1981·1981

Honores. Uso del distintivo para Edecanes de la CASA militar de la Presidencia de la República

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

22 de diciembre de 1981

Fecha de publicación

15 de febrero de 1982

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Otórgase el uso del Distintivo para Edecanes de la Casa Militar de la Presidencia de la República, creado por el decreto 358/966, de 26 de junio de 1966, a todo el Personal Superior de las Fuerzas Armadas, que presten o hayan prestado servicios en la Casa Militar de la Presidencia de la República en las siguientes condiciones: a) En forma transitoria, a los que presten servicios en sus dependencias. b) En forma permanente, a los que hayan prestado servicios en sus dependencias, por más de un año continuo.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese y archívese.