Decreto637-1976·1976

Fijación de un sistema para la venta de cerdos para reproducción, por parte del centro de investigación en animales de Granja

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30 de setiembre de 1976

Fecha de publicación

5 de octubre de 1976

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Establécese el siguiente sistema para la venta de cerdos para reproducción, por parte del Centro de Investigación en Animales de Granja: Lechones y cachorros seleccionados para reproducción: El mayor precio de plaza para el kilogramo en pie de las mismas categorías de consumo en la semana anterior a la operación, multiplicado por el factor 1,5 y por el peso vivo. Cachorros y reproductores hasta un año de edad con Indice de selección: Al mayor precio de plaza para kilogramo en pie en cualquier categoría de consumo en la semana anterior a la operación, multiplicado por la unidad (factor 1) y por vivo. Verracos y cerdas de más de un año: Al mayor precio de plaza para el kilogramo en pie en cualquier categoría de consumo en la semana anterior a la operación, multiplicado por la unidad (factor 1,8) y por el peso vivo.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.