Decreto64-1980·1980

Fijación del precio de venta al público de vehículos de determinadas categorías

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30 de enero de 1980

Fecha de publicación

15 de febrero de 1980

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

El precio de venta al público de todos los vehículos de las categorías "A", "C", "D1","D2" y "E" ensamblados en el país deberá ser autorizado por la Dirección Nacional de Costos, Precios e Ingresos en consulta con la Comisión de la Industria Automotriz.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc.