DecretoNº 640-1972·1972
Plantas molineras. Instalación
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
21 de setiembre de 1972
Fecha de publicación
29 de setiembre de 1972
Texto
Prohíbese por un plazo de dos años la instalación en el país de nuevas plantas molineras, así como la ampliación de la capacidad industrial de las existentes, excluyéndose la sustitución de equipos obsoletos para la que se requerirá la aprobación del Ministerio de Industria y Comercio.