Decreto640-1972·1972

Plantas molineras. Instalación

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

21 de setiembre de 1972

Fecha de publicación

29 de setiembre de 1972

Texto

Prohíbese por un plazo de dos años la instalación en el país de nuevas plantas molineras, así como la ampliación de la capacidad industrial de las existentes, excluyéndose la sustitución de equipos obsoletos para la que se requerirá la aprobación del Ministerio de Industria y Comercio.