Artículo 1 — Artículo 1
Modifícase el artículo 2º del Reglamento para el XXXIX Salón Nacional de Artes Plásticas, aprobado por decreto 630/975 del 12 de agosto de 1975, solo en lo que respecta a la fecha de inauguración del mismo que pasará del 25 de agosto, al 10 de setiembre de 1975.