Decreto646-1979·1979

Aprobación del reglamento de organizacion y funcionamiento de la Escuela de Fusileros Navales

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

13 de noviembre de 1979

Fecha de publicación

28 de diciembre de 1979

Artículos (6)

Artículo 1

CONTENIDO 1. MARCO JURIDICO. 2. OBJETIVOS. 3. FUNCIONES GENERALES. 4. ESTRUCTURA ORGANICA. 4.1. Descripción. 4.2. Organigrama. 5. UNIDADES ADMINISTRATIVAS. 5.1. Dirección. 5.2. Subdirector. 5.3. Jefatura Escolar. 5.4. Divisiones. 5.4.1. División Administración. 5.4.2. División Instrucción. 5.5. Junta Asesora. 6. DISPOSICIONES GENERALES. 1. MARCO JURIDICO. 1.1. Ley 14.157, del 21 de febrero de 1974, Orgánica Militar. 1.2. Ley 10.808, del 16 de octubre de 1946, Orgánica de la Armada. 1.3. Decreto 25.065, del 7 de marzo de 1972 creación del FUSNA. 1.4. Decreto 66/979 Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Dirección General de la Enseñanza Naval. 1.5. Junta Asesora.

Artículo 2

2. OBJETIVOS. 2.1. La Escuela de Fusileros Navales (ESFUS) tiene por objetivo capacitar personal superior y formar y capacitar personal subalterno en la especialización Fusileros a fin de asegurar los reemplazos y ascensos que se requieran en el Cuerpo de Fusileros Navales para el cumplimiento de su misión.

Artículo 3

3. FUNCIONES GENERALES. 3.1. Impartir cursos de formación al personal subalterno del Cuerpo de Fusileros Navales. 3.2. Impartir Cursos de Capacitación en la especialidad Fusilero para el personal superior y subalterno de acuerdo a los requerimientos planteados por el Cuerpo de Fusileros Navales. 3.3. Impartir todos aquellos otros cursos que se propongan y que la superioridad estime conveniente.

Artículo 4

4. ESTRUCTURA ORGANICA. 4.1 Descripción: la Estructura Orgánica de la Escuela de Fusileros Navales está integrada por las siguientes Unidades: 1.1. DIRECCION. 1.2. Subdirector. 1.3. Jefatura Escolar. 1.4. Divisiones. 1.4.1. División Administración. 1.4.2. División Instrucción.

Artículo 5

5. UNIDADES ADMINISTRATIVAS. 5.1. DIRECCION: la Dirección es ejercida por el Comandante del Cuerpo de Fusileros Navales. a) RELACIONES. Depende del: 1) Director general de Enseñanza Naval para el cumplimiento de sus deberes funcionales relacionados con la enseñanza. Supervisa a: 1) Subdirector. 2) Junta Asesora; b) FUNCIONES. 1) Es responsable del cumplimiento del objetivo establecido en 2. 2) Es responsable del cumplimiento de las funciones establecidas en 3. 3) Dirige la Escuela de Fusileros Navales. 5.2. SUBDIRECCION: el Subdirector de la Escuela de Fusileros Navales es el asesor directo e inmediato del Director. Dicho cargo será desempeñado por el 2º Comandante del FUSNA. a) RELACIONES Depende del: director de ESFUS. Supervisa a: Jefatura Escolar de la Escuela de Fusileros; b) FUNCIONES 1) Será el 2º en la Dirección del Instituto con las atribuciones y prorrogativas inherentes a su cargo y las que fijan las leyes y reglamentos en vigencia. 2) Secundará al Director en el cumplimiento de su cometido, sustituyéndolo en caso de ausencia con todos los derechos y responsabilidades. 3) De acuerdo a las directivas impartidas por el Director asegurará y vigilará el cumplimiento de todas las disposiciones relativas a la enseñanza de la Escuela de Fusileros de manera que aquéllas sean puntualmente realizadas y ejecutadas. 4) Regulará el empleo de los medios, ya sean estos de personal o material de forma que se cumplan los objetivos propuestos. 5.3. JEFATURA ESCOLAR. Será ejercida por un Oficial Subalterno integrante del Cuerpo de Fusileros Navales. a) RELACIONES Depende del: Subdirector. Supervisa a: División de Administración y División de Instrucción; b) FUNCIONES 1) Dirigirá la capacitación del Personal Superior y Subalterno de la Escuela de Fusileros. 2) Controlará el buen uso de los bienes materiales de la Escuela de Fusileros. 3) Sustituirá al Subdirector ante ausencia del mismo. 4) Propondrá a la Dirección las medidas que juzgue necesarias para el perfeccionamiento de la enseñanza en el Instituto. 5.4. DIVISIONES. 5.4.1. División Administración. a) RELACIONES Depende del: Jefe Escolar; b) FUNCIONES 1) Asegurar el cumplimiento de las disposiciones reglamentarias vigentes sobre personal militar que preste servicios en el Instituto. 2) Asegurar el cumplimiento de las disposiciones internas de seguridad, disciplina, controles y vigilancias. 3) Vigilancia del estado sanitario del personal. 4) Registrar y asignar el material. 5) Asegurar el adecuado apoyo logístico para el funcionamiento del Instituto. 6) Controlar correspondencia y documentación perteneciente al Instituto. 5.4.2. División Instrucción: a) RELACIONES Depende del: Jefe Escolar; b) FUNCIONES 1) Apoyará el objetivo de la enseñanza como objetivo básico. 2) Ejercerá el control, administración y coordinación de todas las tareas inherentes a cada departamento. 5.5. JUNTA ASESORA. a) RELACIONES Y FUNCIONES Es instalada por el Director, integrándola con los miembros que estime conveniente. Es presidida por el Subdirector. Efectúa estudios y recomendaciones sobre los temas determinados por el Director en el momento de instalarla.

Artículo 6

6. DISPOSICIONES GENERALES. 6.1. El desarrollo de los objetivos, dependencias, organización y funciones de la Escuela de Fusileros Navales es establecido en el correspondiente Manual Orgánico. 6.2. Los cursos a ser desarrollados serán establecidos en el correspondiente Plan de Estudios y las modificaciones al mismo serán elevadas anualmente a fin de actualizar los programas de acuerdo a una mejor funcionalidad de los Cursos. Nº 3536 A/4 4.2.2 ORGANIGRAMA JUNTA ASESORA DIRECCION SUB - DIRECCION DIRECCION JEFATURA ESCOLAR DIVISION DIVISION ADMINISTRACION DIVISION INSTRUCCION

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