Artículo 1 — Artículo 1
Modifícanse para la calificación de los funcionarios de la Dirección General Impositiva correspondiente al año 1974, los plazos establecidos por los artículos 2.o, 10 y 13 del decreto 902/973 de 24 de octubre de 1973 que se extenderán, respectivamente, hasta las siguientes fechas: 10 de setiembre, 30 de setiembre y 15 de noviembre de 1975.