Artículo 1 — Artículo 1
Al fin de unificar todos los organismos relacionados al programa ovino, intégrase la Comisión Honoraria de Mejoramiento de la Producción Ovina al Secretariado Uruguayo de la Lana como comisión interna de dicho organismo, dentro del cual se hará cargo de su Departamento de los Servicios Técnicos de la Producción Ovina. Dicho departamento se llamará en adelante "Comisión de Mejoramiento Ovino".