Artículo 1 — Artículo 1
Modifícase en lo pertinente, el decreto 617/967, del 14 de setiembre de 1967, por el que se incluyó el alambre constituido por aleación de níquel, cobre o hierro, conteniendo más de 50% (cincuenta por ciento) de níquel, en el sentido de establecer que las medidas del diámetro estarán comprendidas entre 2 mm. y 5 mm., incluidos los valores extremos.