DecretoNº 65-1970·1970
Declaración jurada de existencias. Faena de ganado
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
2 de febrero de 1970
Fecha de publicación
11 de febrero de 1970
Texto
Dispóngase que todo tenedor a cualquier título de cueros vacunos secos y/o salados, deberá presentar declaraciones juradas de existencias ante el Consejo Nacional de Subsistencias y Contralor de Precios.