Decreto65-1977·1977

Determinación de la misma tipificación para los vinos comunes de la cosecha 1976 que rigió para la cosecha 1975

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

1 de febrero de 1977

Fecha de publicación

10 de febrero de 1977

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Para los vinos comunes correspondientes a la cosecha 1976, regirán la mismas tipificaciones establecidas para la cosecha 1974 y 1975, dispuestas por los decretos 805/974, 1.028/974 y 831/975, de fechas 10 de octubre de 1974, 19 de diciembre de 1974 y 20 de octubre de 1975.

Artículo 2Artículo 2

A partir del 28 de febrero de 1977, los vinos comunes existentes en bodega deberán ajustarse a las tipificaciones establecidas por las normas precitadas de acuerdo a lo dispuesto por el artículo anterior del presente decreto.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.