DecretoNº 652-1967·1967
Comercio. Artículos de primera necesidad
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
28 de setiembre de 1967
Fecha de publicación
3 de octubre de 1967
Texto
Decláranse artículos de primera necesidad el cobre, el cinc, el aluminio, el níquel, el estaño y se prohíbe la exportación de dichos artículos en forma de lingotes, chatarras, etc.