DecretoNº 653-1968·1968
Comercio exterior. Importaciones. Exoneración de gravamen. ANCAP
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
31 de octubre de 1968
Fecha de publicación
6 de noviembre de 1968
Texto
Declárase que la exoneración acordada por el artículo 2 del Decreto N° 74/968 comprende a las importaciones realizadas por la Administración Nacional de Combustibles Alcohol y Portland (ANCAP) registradas con anterioridad a la vigencia de la Ley N° 13.637.