Decreto654-1976·1976

Modificación de la Sección materias primas de la tarifa de Aduanas, incluyendo determinado producto

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

7 de octubre de 1976

Fecha de publicación

15 de octubre de 1976

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Inclúyese en la Sección Materias Primas de la Tarifa de Aduanas, con el derecho del 15% (quince por ciento) más los adicionales correspondientes y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 95 de la ley 11.924, de 27 de marzo de 1953 y dentro de las condiciones establecidas en el Grupo "A" del decreto del 21 de julio de 1932, el producto denominado "Monoetil Eter del Trietilenglicol".

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese y pase al Ministerio de Economía y Finanzas, a los efectos de la fijación del aforo respectivo y demás que correspondan.