Artículo 1 — Artículo 1
La Intendencia Municipal de Soriano abrirá una cuenta especial en el Banco de la República Oriental del Uruguay con destino al Fondo permanente del Programa Eliminación de los Perjuicios del Bajo Río Negro. Dicha Administración Municipal girará contra esa cuenta para pagar los distintos compromisos contraídos y que se contraigan en cumplimiento de la ejecución de las medidas aprobadas a que se refiere el Resultando I de este decreto. (*)