Decreto664-1980·1980

Modificación presupuestal de la Intendencia Municipal de Rivera. Ejercicio 1980

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17 de diciembre de 1980

Fecha de publicación

2 de enero de 1981

Artículos (6)

Artículo 1Artículo 1

Apruébese la modificación presupuestal para el ejercicio 1980, propuesta por la Administración Municipal de Rivera, cuyos montos quedan fijados en nuevos pesos 72:646.075,00 (nuevos pesos setenta y dos millones seiscientos cuarenta y seis mil setenta y cinco). Los mismos presentarán la siguiente composición: EGRESOS: (en miles de nuevos pesos) Vigente Proyectado Retribuciones personales ................... 3.469,8 7.288,2 Beneficios y cargas sociales ............... 2.382,3 3.799,6 -------- -------- Subtotal ............................. 5.852,1 11.087,8 Gastos de funcionamiento ................... 18.727,8 31.753,3 Inversiones ................................ 7.391,2 29.805,0 --------- ---------- Total ............................... 31.971,2 72.646,1 INGRESOS: (en miles de nuevos pesos) A. DE ORIGEN DEPARTAMENTAL Vigente Proyectado 1. Impuestos: Contribución Inmobiliaria Urbana ........ 1.268,5 1.800,0 Contribución Inmobiliaria Rural ......... 1.406,9 2.300,0 Terrenos baldíos ........................ 196,3 425,0 Patentes de Rodados ..................... 1.034,6 2.000,0 Remates ................................. 2.300,0 5.000,0 Otros ................................... 194,4 148,0 2. Tasas: Timbres y sellados ...................... 840,0 1.500,0 General Municipal ...................... 1.099,3 1.300,0 Otros ................................... 954,6 1.330,7 3. Precios varios .......................... 1.078,3 1.002,8 4. Multas y recargos ....................... 500,0 1.500,0 5. Contribución por mejoras ................ 12,0 4.000,0 6. Actividad Comercial: Abasto de carne ........................ 17.840,0 29.607,6 B. DE ORIGEN NACIONAL 1. Aporte patronal ........................ 587,0 1.137,0 2. Import. automóviles .................... 2.564,3 2.500,0 3. Fondo Nacional de Inversiones .......... 95,0 95,0 C. ENDEUDAMIENTO 1. B.R.O.U. y B.H.U. ...................... -- -- -- 9.400,0 2. Importación de maquinaria .............. -- -- -- 7.600,0 ------- ------- Total .............................. 31.971,2 72.646,1

Artículo 2Artículo 2

En caso de no recaudarse la totalidad de los recursos previstos, deberán abatirse gastos en forma proporcionada a efectos de mantener el equilibrio presupuestal.

Artículo 3Artículo 3

La asistencia para el pago de aportes patronales a la Dirección General de la Seguridad Social, estará condicionada a una situación de insuficiencia financiera en los términos dispuestos por el artículo 50 de la ley 14.550, de 10 de agosto de 1976.

Artículo 4Artículo 4

De acuerdo a lo dispuesto por el inciso e) del artículo 5º del Decreto Constitucional 3/976, de 1o. de setiembre de 1976, rigen para el personal municipal las mismas normas sobre incompatibilidades, compensaciones, contrataciones y acumulaciones de sueldos que en lo nacional.

Artículo 5Artículo 5

Permanecen en vigencia todas las disposiciones presupuestales no mencionadas en la presente modificación.

Artículo 6Artículo 6

Comuníquese, publíquese, etc.