Artículo 1 — Artículo 1
Decláranse vigentes las concesiones arancelarias que la República Oriental del Uruguay otorga a la República de Bolivia, con arreglo al régimen previsto en el inciso a) del artículo 32 del Tratado de Montevideo.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
23 de diciembre de 1980
Fecha de publicación
2 de enero de 1981
Artículo 1 — Artículo 1
Decláranse vigentes las concesiones arancelarias que la República Oriental del Uruguay otorga a la República de Bolivia, con arreglo al régimen previsto en el inciso a) del artículo 32 del Tratado de Montevideo.
Artículo 2 — Artículo 2
El texto del Acta de Formalización de las negociaciones de referencia del Comité Ejecutivo Permanente de la ALALC y las concesiones arancelarias que Uruguay otorga a Bolivia integran el presente decreto.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.