DecretoNº 669-1971·1971
Comercio exterior. Exportaciones. Ovinos
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
14 de octubre de 1971
Fecha de publicación
20 de octubre de 1971
Texto
Prohíbese por el término de un año la exportación de lanares en pie, se exceptúan los reproductores ovinos de pedigree y puros por cruza referidos en el Decreto N° 507/967.